La Ley de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, cuenta con unos apartados específicos en los que se exponen los diversos tipos de prestaciones a las que tenemos acceso todos los castellanos manchegos. Estas prestaciones se dividen en: prestaciones técnicas, prestaciones económicas y prestaciones tecnológicas.Final del formulario
En esta ocasión, nos vamos a centrar en las económicas, para dar a conocer las diferentes prestaciones a las que podemos acceder los usuarios y sus familias, que se encuentran en situación de dependencia
PRESTACIÓN ECONÓMICA PARA CUIDADOS EN EL ENTORNO FAMILIAR Y APOYO A PERSONAS CUIDADORAS NO PROFESIONALES:
Prestación económica del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que se reconoce con carácter excepcional a personas en situación de dependencia que están siendo atendidas en su domicilio habitual por una persona cuidadora no profesional
DIRIGIDO A: Personas con grado de dependencia reconocido que están siendo atendidas en su vivienda habitual por una persona cuidadora de su entorno familiar
PRESTACIÓN ECONÓMICA DE ASISTENCIA PERSONAL:
Contribuir a los gastos derivados de la figura profesional del asistente personal con la finalidad de mantener o posibilitar una mayor autonomía de la persona en situación de dependencia en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria, facilitándole el acceso a recursos educativos, laborales, de ocio y sanitarios, y en general a todos los recursos de su entorno comunitario.
DIRIGIDO A: Personas en situación de dependencia reconocida cuyo Programa Individual de Atención (PIA) contemple la necesidad de atención mediante el servicio de asistencia personal y además deben tener capacidad para determinar las tareas que va a llevar a cabo la persona encargada de prestar la asistencia personal
OBJETIVOS:
- Contribuir a la financiación de los gastos derivados de la contratación de un asistente personal.
- Facilitar el acceso a los diferentes recursos del entorno comunitario.
ACTUACIONES:
- Las atenciones a prestar por parte del asistente personal serán fijadas por parte de la persona en situación de dependencia de acuerdo a sus necesidades de apoyo.
- Relación contractual entre el asistente personal y la persona en situación de dependencia.
- Firma de un compromiso de prestación del servicio.
PRESTACIÓN ECONÓMICA VINCULADA AL SERVICIO:
Prestación destinada para contribuir con la financiación del coste de los servicios establecidos en el catálogo de servicios y prestaciones para la autonomía y atención a la dependencia que hayan de ser contratados por la persona en situación de dependencia cuando el servicio público existente no se adecúe a sus necesidades de atención y cuidados.
DIRIGIDO A:
Personas con grado de dependencia reconocido mediante resolución administrativa y que tengan establecida esta prestación como modalidad adecuada de intervención en su Programa Individual de Atención (PIA).
La prestación económica se abonará al usuario mensualmente.
Se garantizará que los servicios a los que tenga acceso la persona hayan sido autorizados previamente para la prestación de servicios por la comunidad Autónoma.
Para poder obtener información detallada de las mismas e iniciar el proceso de solicitud de cualquiera de las prestaciones, debemos acudir a los Servicios Sociales de Atención Primaria de referencia y hablar con el/la Trabajador/a Social, que nos guiará en el camino a seguir.
En ASISHOGAR, contamos con la autorización de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para la realización de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio ligadas a la dependencia.